Desde 07 de noviembre, 2023 - Hasta 31 de diciembre, 2023
Categorías: Tecnologías de la información
Esta Resolución tiene por objeto publicar las bases y la convocatoria de ayudas en especie, dirigidas a la mejorar el nivel de ciberseguridad de las pymes, a través del «Programa Activa Ciberseguridad» para la recepción de servicios de asesoramiento especializado en ciberseguridad, que sirvan a las empresas beneficiarias para mejorar su nivel de ciberseguridad.
El objeto es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma con un diseño personalizado de acciones de mejora de ciberseguridad. Es un programa orientado a todo tipo de pymes, en especial aquellas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.
La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en ciberseguridad que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación.
La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.
Las ayudas en especie objeto de esta convocatoria consistirán en la recepción, por parte de las empresas beneficiarias, de un programa de asesoramiento orientado a pymes para mejorar sus niveles de ciberseguridad. El programa ofrece el análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad actual y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma, con un diseño personalizado de acciones en materia de ciberseguridad, para ser desarrollado e implantado por la empresa beneficiaria.
El plazo de duración del servicio de asesoramiento será de un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión, salvo justificación aceptada por EOI.
La entidad beneficiaria recibirá un programa de acompañamiento, con 20 horas de asesoramiento y una duración de entre cuatro y cinco meses, contemplándose las siguientes fases:
1.º Diagnóstico y auditoría de ciberseguridad de la empresa.
2.º Elaboración de un Plan de Ciberseguridad.
3.º Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.
Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente.